El proyecto de Ley sobre el Negacionismo que ha enviado el Ejecutivo al Parlamento, está generando polémica. El debate viene centrándose sobre si se trata de una verdadera norma antiterrorista o un perjuicio al sector más olvidado de nuestra sociedad.
El pasado martes 28 de agosto, el Poder Ejecutivo envió al Parlamento un controvertido proyecto de Ley que tipifica al delito de Negacionismo de los crímenes de terrorismo, indicando que será reprimido con pena privativa de la libertad, no menor de cuatro ni mayor de ocho años, el que públicamente apruebe, justifique, niegue, o minimice los delitos cometidos por aquellas personas integrantes de organizaciones terroristas.
Dicho proyecto, además, afirma que la pena indicada se hará efectiva si lo expresado por aquella persona que cometa los hechos mencionados líneas arriba resulte idóneo y suficiente para cualquiera de los siguientes fines: a) Menospreciar, hostilizar u ofender gravemente a un colectivo social; b) Enaltecer a los responsables de dichos delitos; c) Propiciar o estimular la violencia terrorista; d) Sirva como medio para adoctrinar con fines terroristas.
Se entiende entonces que todo aquél que haga uso de su libertad de expresión defendiendo, negando o justificando cualquier acto u organización terrorista será metido a la cárcel por el tiempo señalado en dicha norma.
Además, se indicó que la meta del proyecto de ley es asegurar las garantías sólidas para la convivencia social pacífica, teniendo en cuenta los hechos históricos en el país ocasionados por el terrorismo.
Según lo dicho por el Ejecutivo, la norma promete mantener la igualdad ante la ley (Estado de derecho), sancionando aquellas conductas que, abusando de la libertad que todos tenemos, simpaticen o justifiquen los actos horrendos perpetrados por los terroristas en el interior del país, a lo largo de su historia.
Sobre esto, el premier Juan Jiménez mayor aseguró que el proyecto de Ley del Negacionismo merece un amplio debate nacional y que está dispuesto a concurrir al Congreso de la República para explicar los alcances de la norma.
Libertad de expresión
Según la información del proyecto de Ley número 1464, hay un claro deslinde entre la libertad de expresión y la justificación de los actos vejatorios propios de los grupos subversivos. Sobre esto, la norma indica: “En esa línea, difícilmente podría reputarse como un legítimo ejercicio de la libertad de expresión o de la libertad científica la aprobación, banalización, negación o justificación de hechos gravísimos claramente probados o incontrovertidos, como lo son los actos de violencia terrorista perpetrados por organizaciones criminales en nuestro país…”
Por lo que se entiende que, si bien es cierto, cualquier ciudadano podría ejercer libremente su libertad de opinar o expresar sus ideas debido a que éste es un derecho fundamental de la persona, podría ser sancionado como lo indica la norma si defiende actos que están históricamente comprobados, como son los actos subversivos.
Sin embargo, un aspecto que podría generar cuestionamientos es el hecho de qué sucedería con aquellos peruanos que, como muchos, podrían ser ignorantes y desconocer la historia del Perú. ¿Serían ellos sancionados por opinar de algo que no saben? ¿Serían metidos a la cárcel aquéllas personas que, en su ignorancia, expresaran su ideología a favor de algún movimiento terrorista?
Historia y educación
Para el abogado Aníbal Quiroga, dicho proyecto afectaría a los sectores más pobres de la sociedad que no acceden a la educación y no saben la historia de Sendero Luminoso.
En RPP Noticias, sostuvo que la pita se va romper por el lado más débil.
Asimismo, agregó que a pesar de la escueta diferenciación que hace la norma entre la libertad de expresión y la apología al terrorismo, dicho proyecto no es viable y tiene sus límites en la inconstitucionalidad por vulnerar la libertad de expresión.
Si bien lo que se busca es evitar que grupos de fechadas del terrorismo se expandan nuevamente por la sociedad aprovechando el desconocimiento de nuestros jóvenes sobre la reciente historia del país, ¿acaso ya no existe una ley que castiga la apología al terrorismo? ¿No está tipificado en el Código Penal?
Según Quiroga, si bien es cierto, existe una ley contra la apología al terrorismo, esta no ha funcionado correctamente. “Si no ha funcionado la represión penal con la apología, menos funcionará con el Negacionismo”, aseveró.
Por su parte, la abogada Cristina Chiabra Valera aseguró – coincidiendo con Quiroga – que castigar a las personas por el Negacionismo solo afectaría a quienes no conocen la historia de Sendero.
“Hay que evitar sancionar y enseñarles”, opinó la mujer de leyes, quien además afirmó que esta ignorancia se debe a la disfuncional educación en las escuelas sobre este tipo de temas y que no sería justo que se castigue a una persona por no tener la información que el mismo Estado tiene la obligación de dar.
De su parte, el Presidente de la Comisión de Educación, Daniel Mora, indicó que se deben tomar todas las precisiones necesarias para poder evitar que agrupaciones seudodemocráticas se metan en las aulas y en la vida política peruana.
Así, según información que maneja la Comisión de Educación, habría una primera lista de 250 maestros que cumplieron sus sentencias por terrorismo y que nuevamente estarían enseñando en diversas escuelas del país.
“Hay una lista de 250 maestros que cumplieron condenas y ahora dictan clases, y creemos que son más”, dijo Mora a una agencia de noticias.
Esperemos que esta norma logre lo que no pudo hacer la ley contra la apología al terrorismo y que no genere conflictos innecesarios ante la Corte Interamericana de los Derechos Humanos por temas contra la libertad de expresión y los derechos fundamentales de las personas.
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